Circular S-2.1 mediante la cual se dan a conocer a las instituciones
de seguros y a las personas morales las disposiciones de carácter general
a que se refiere el artículo 41 fracción II de la Ley General
de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
Tiene por objetivo establecer las bases a las que se sujetará la operación
de las personas morales que celebren con el público operaciones de promoción
o venta de productos de seguros.
Los empleados o apoderados deberán presentar exámenes para obtener la certificación correspondiente para realizar con el público operaciones de promoción o venta de seguros.
Quedan excluidos todos aquel prestador de servicio que realice con el público operaciones de promoción o venta de productos de seguros exclusivamente mediante comunicación telefónica y sde deberán sujetar a un programa de capacitación que al efecto imparta la institución
esta disposición estará vigente a partir del 28 de mayo de 2007